A partir de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 establece que, antes de presentar una demanda en los ámbitos civil y mercantil, las partes deben intentar resolver el conflicto mediante un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC). Esta reforma busca agilizar la justicia y promover una cultura de resolución pacífica de conflictos.
Los MASC son mecanismos extrajudiciales diseñados para resolver conflictos sin necesidad de acudir a un Juzgado o Tribunal. Estas herramientas permiten que las partes implicadas, con el acompañamiento de profesionales cualificados y actuando de buena fe, busquen juntas una solución pactada que atienda a sus intereses. Su principal ventaja es evitar la vía judicial, lo que significa menos costes, menor tiempo de resolución y menor confrontación. Eso sí, si no se llegara a un acuerdo, será necesario acudir a la vía judicial.
Los MASC más relevantes, con los que solemos trabajar en este despacho de abogados de Sevilla, son los siguientes:
1.- Mediación:
La mediación es un proceso en el que un tercero imparcial facilita el diálogo entre las partes para alcanzar un acuerdo. Es especialmente útil en conflictos familiares, vecinales y comerciales, donde se busca mantener relaciones a largo plazo. Los abogados desempeñan un papel crucial al asesorar a sus clientes durante el proceso y garantizar que los acuerdos alcanzados sean legales y ejecutables. Eso sí, los costes deben asumirlo las partes.
El papel del abogado en la mediación.
- Aunque no es obligatorio que participe, el asesoramiento de un abogado es muy recomendable para garantizar que las decisiones tomadas sean informadas y legales.
- Si se alcanza un acuerdo, el abogado revisa el documento para proteger los derechos de su cliente.
- En caso de incumplimiento del acuerdo, el abogado puede iniciar los trámites judiciales para hacer cumplir el acuerdo alcanzado.
Los acuerdos alcanzados en mediación tienen la misma validez que una sentencia judicial.
2.-Conciliación judicial (recomendada).
En la conciliación, un tercero ayuda a las partes a llegar a un acuerdo, proponiendo posibles soluciones que las partes pueden aceptar o rechazar. El objetivo es presentar una demanda de conciliación directamente al Juzgado, y que sea el Letrado de Administración de Justicia o el Juez de Paz, quién intente la conciliación entre las partes. Cumpliendo este requisito, ya tendremos abierta la puerta para iniciar la vía judicial.
Es conveniente tener en cuenta que si, el asunto es de cuantía inferior a 10.000 euros, el competente será el Juzgado de Paz del municipio en cuestión. Si es superior, será el Juzgado de Primera Instancia competente. Es una de las soluciones más eficaces, pues el acuerdo se homologa en el Juzgado.
3.- Oferta Vinculante confidencial (recomendada).
Es la opción más económica de todas. Si la cuantía es superior a 2.000 euros, será necesario y obligatorio la intervención de un abogado, quién tendrá que firmar la oferta vinculante confidencial. Por ello, te recomendamos que no la hagas por tu cuenta. Debes contar con el asesoramiento de uno de nuestros abogados de Sevilla.
Hay que tener en cuenta que, lo que se formule en la oferta vinculante, es de obligatorio cumplimiento para quién lo proponga, una vez que la otra parte lo acepte.
La oferta vinculante es totalmente confidencial, siendo obligatorio realizar la misma en un documento a parte de la comunicación principal. Es necesario que esta oferta, se formule de alguna forma que permita dejar constancia, por lo que es conveniente realizarlo por burofax con certificado de contenido, o bien mediante requerimiento notarial. Si no cumple el requisito del acuse de recibo, o de la certificación literal de contenido, dicha oferta vinculante, no será válida.
Es necesario que en la oferta vinculante se ofrezca una propuesta con ánimo de dar una solución al conflicto. Si no es así, puede que no sea admitida la demanda.
¿En qué asuntos se aplican?
Los MASC afectan a una amplia gama de conflictos en el ámbito civil y mercantil, como por ejemplo: Asuntos de familia (custodia, alimentos, pensiones, separaciones, divorcios), Reclamaciones económicas, incumplimientos de contratos, compraventas, herencias, conflictos civiles, etc.
Es importante recalcar que, una vez intentado el MASC, si no se llega a un acuerdo, dispones de un plazo de 1 año para presentar la demanda. Si pasara ese plazo, sería necesario volver a realizar un nuevo MASC.
Es posible que en un MASC se cierre un acuerdo parcial, por tanto, se admiten los acuerdos parciales, pudiendo pleitear por el resto.
En caso de que una parte proponga en primer lugar, un MASC, y en la contestación la otra parte propone otro MASC, tiene prioridad el primero que propone. Por ello, es muy importante estudiar la situación y el posible MASC que mejor te venga.
En nuestro despacho de abogados de Sevilla, estamos comprometidos con la búsqueda de soluciones eficientes y personalizadas para nuestros clientes. Ya tenemos muchos conflictos cerrados por acuerdos tanto con conciliaciones como con ofertas vinculantes. Contamos con profesionales especializados en conciliación y negociación, dispuestos a asesorarle en cada etapa del proceso. Si enfrenta un conflicto y desea explorar las opciones disponibles antes de acudir a los tribunales, no dude en contactarnos. Si no fuera posible llegar a un acuerdo, no dudaremos en acudir a la vía judicial.