Nuestro cliente tenía el carnet de conducir retirado por pérdida total de los puntos, por tanto, no podía conducir vehículos. Se produjo el atropello de un peatón en un paso de peatones, y varios testigos que vieron el suceso manifestaban que era nuestro cliente el autor de los hechos.
Nuestros abogados penalistas en Sevilla, estudiaron el caso y aceptaron la defensa.
La fiscalía solicitaba dos delitos para nuestro cliente, uno del artículo 384 del Código penal, por conducir con el carnet de conducir retirado, y otro del artículo 380 del Código Penal, por conducción temeraria. Se le solicitaba una pena de 2 años y 6 meses de prisión a nuestro representado, por lo que había riesgo de que en caso de condena, entrara en prisión.
Después de que la fiscalía nos ofreciera un acuerdo para el reconocimiento de los hechos por nuestro cliente, nos negamos y peleamos por una sentencia favorable. Nuestros abogados de derecho penal en Sevilla lo tenían claro, era viable una sentencia absolutoria.
Finalmente, el Juzgado nos da la razón y gracias al interrogatorio de los testigos que presenciaron los hechos, que dudaron y entraron en contradicción con las preguntas que formularon nuestros letrados, y de las preguntas realizadas a los policías locales, cuyas respuestas fueron poco incisas, absuelven a nuestro cliente consiguiendo una sentencia exitosa de nuestros abogados penalistas en Sevilla.
Como abogados de derecho penal en Sevilla, hemos llevado numerosos delitos contra la seguridad vial consiguiendo grandes éxitos para nuestros clientes. Si estás en una situación similar, contacta con nosotros.